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La CCONG solicita incluir a las ESAL en el estado de emergencia: Carta al presidente.

La confederación Colombiana de ONG hace un llamado al gobierno nacional y al congreso para que se reconozcan e incorporen a las Entidades sin Ánimo de Lucro, en las medidas que se están adoptando en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

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Algunos de los temas contemplados para garantizar su permanencia son: 

 

1. Arrendamientos, diversas organizaciones sociales dirigen su oferta de valor a las comunidades en casas arrendadas, ejemplo, jardines infantiles, personas con discapacidad, entre otras.

2. Nóminas, las ESAL generan empleo y en un porcentaje importante a mujeres, según la iniciativa de Rendición Social Pública de Cuentas de la CCONG, 264 organizaciones que rindieron cuentas el año pasado reportaron 44.061 personas vinculadas de las cuales 65.8% son mujeres, 33.9% son hombres y LGBTI el 1%.

3. Ampliar los plazos de presentación de la declaración de renta y complementarios, esta medida debe abarcar a todos los contribuyentes, no solo a pymes. 

4. Ampliación del beneficio tributario de las donaciones que hacen personas jurídicas o naturales a las ESAL, por cuánto varias de ellas están adelantando o gestionando donaciones para llegar con bienes de primera necesidad a las comunidades que atienden en zonas rurales y urbanas.

Normas expedidas en el marco de la emergencia que cobijan a las ESAL:

Decreto 434: Por el cual se establecen plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL ylos demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, así como para las reuniones ordinarias de las asambleas y demás cuerpos colegiados, para mitigar los efectos económicos del nuevo coronavirus COVID-19 en el territorio nacional.
Decreto 438: Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 de 2020.
Decreto 530: Por cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y el impuesto sobre las ventas en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Decreto 535: Por el cual se adoptan medidas para establecer un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. 
Decreto 545: Por medio del cual se adoptan medidas para suspender temporalmente el requisito de insinuación para algunas donaciones, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Revise aquí ↓ la carta emitida:
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